Permiso de trabajo en EE.UU.: USCIS actualiza directrices y aclara quiénes pueden solicitar la Autorización de Empleo
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) emitió nuevas directrices sobre la Autorización de Empleo (EAD), el documento que permite a miles de inmigrantes acceder a trabajos formales mientras mantienen o regularizan su estatus migratorio. La actualización, publicada recientemente, impacta a solicitantes de asilo, estudiantes internacionales, refugiados y otros grupos que dependen del permiso para trabajar legalmente en el país.
Según informó la agencia, el objetivo de estas precisiones es reducir errores en las solicitudes, facilitar el cumplimiento de los empleadores y brindar mayor claridad sobre los procedimientos establecidos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad y el Formulario I-765. La EAD es un pilar del sistema laboral estadounidense, ya que permite verificar el estatus de los trabajadores durante los procesos de contratación.
USCIS recordó que la política de verificación laboral en Estados Unidos exige que cada empleado extranjero presente pruebas físicas o digitales de su derecho a trabajar. En ese contexto, la nueva comunicación aclara quiénes deben tramitar el permiso, cómo renovarlo y en qué casos corresponde su reemplazo o corrección.
¿Qué es la EAD y para qué sirve?
La tarjeta de Autorización de Empleo (EAD), emitida mediante el Formulario I-766, certifica que un extranjero está autorizado a desempeñar labores remuneradas bajo una categoría migratoria específica. Los empleadores deben verificar su validez como parte del programa E-Verify.
El documento solo es válido mientras se mantengan vigentes las condiciones migratorias que lo respaldan, por lo que cada renovación depende del estatus legal del solicitante.
¿Quiénes deben solicitar el permiso?
USCIS divide a los solicitantes de la EAD en dos grandes grupos:
Personas con autorización laboral derivada que necesitan evidencia física, como:
- Asilados
- Refugiados
- Titulares de visa U, entre otros
Personas que requieren tramitar la EAD antes de trabajar, como:
- Solicitantes de residencia permanente (Formulario I-485)
- Personas con un pedido de asilo en trámite (Formulario I-589)
- Estudiantes internacionales F-1 y M-1 en casos específicos
- Otras categorías definidas en la guía oficial
¿Quiénes no necesitan la EAD?
Algunos extranjeros ya cuentan con permiso de trabajo automático debido a su estatus migratorio, por lo que no deben solicitar la tarjeta. Entre ellos se encuentran:
- Residentes permanentes (titulares de la Green Card)
- Personas con visas temporales de empleo como H-1B, L-1B, O o P, cuya autorización está vinculada a un empleador
Renovación, reemplazo y correcciones
USCIS recomienda iniciar la renovación de la EAD con hasta 180 días de anticipación para evitar interrupciones laborales. El proceso requiere un nuevo Formulario I-765, el pago correspondiente o la aprobación de una exención de tarifas.
En caso de pérdida, robo o daño, el procedimiento es similar al de renovación. Si hay errores en la tarjeta, el tratamiento depende del origen del error:
- Si el solicitante se equivocó, debe pagar un nuevo trámite.
- Si el error es de USCIS, la corrección es gratuita y debe gestionarse por los canales oficiales, incluido el envío a la dirección institucional correspondiente en Missouri.
¿Qué ocurre si cambia el estatus migratorio?
La autorización laboral solo permanece vigente mientras las bases legales que la sustentan sigan activas. Si el estatus se pierde o vence, USCIS puede retirar la tarjeta y notificar al titular. Los empleadores, por su parte, deben verificar siempre la vigencia de los permisos para evitar sanciones.
Impacto para trabajadores y empleadores
Las actualizaciones de USCIS afectan a cientos de miles de inmigrantes que dependen del EAD para trabajar mientras avanzan sus procesos migratorios. La agencia recomienda consultar regularmente su portal y utilizar las líneas de verificación para confirmar la autenticidad de las tarjetas y mantenerse al día con los cambios normativos.
Fuentes varias
